La sección sindical de Justicia de Intersindical Canaria solicita la vacunación contra el Covid-19 para el personal de servicio de la administración de Justicia en Canarias

Es necesario que el colectivo de la administración de Justicia sea considerado personal prioritario

EDDC.NET / Santa Cruz de Tenerife

Desde  Intersindical Canaria se han presentado escritos ante la dirección general y la viceconsejería de Justicia, con fecha 24 de febrero de 2021,  en los cuales solicitamos al gobierno de Canarias que considere al personal funcionario de la administración de Justicia como colectivo esencial y prioritario frente al plan de vacunación contra el Covid-19, tal y como refiere respecto de sus servicios el Real Decreto 463/20 de 14 de Marzo por el que se declara el Estado de Alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la pandemia.

Por el personal de la administración de Justicia en  Canarias se viene realizando una labor  fundamental para salvaguardar los derechos fundamentales, garantizando el cumplimiento de los actos  acordados en virtud de la pandemia que venimos padeciendo, realizando   cada una de las actuaciones que requieren una atención  urgente e inmediata en las diversos órdenes jurisdiccionales,    y de aquellas actuaciones  derivadas de un servicio básico  como la prestación de los servicio esenciales de guardia, Registros Civiles,  los Servicios Comunes de  Actos de comunicación y funcionarios  que realizan su labor en la calle  y en los centros penitenciarios, y en general todo el personal que presta sus servicios a todo el colectivo que presta sus  servicios de atención de público.

Debido al servicio que presta el personal de la Administración de Justicia, el cual  es elemental para la correcta salvaguarda  de los derechos de la ciudadanía, es necesario que el colectivo de  la administración de Justicia sea considerado personal prioritario  en el proceso de vacunación  establecido por el gobierno  estatal y por lo tanto, se   tenga en cuenta para que se proceda de manera urgente, al igual que a otros colectivos considerados como esenciales y prioritarios, a los que se puede hacer extensiva por su similitud esta medida, para la vacunación del colectivo.