La Audiencia Provincial dictó el ingreso en prisión de manera inmediata de los condenados por Las Teresitas por la gravedad de la pena y el dinero malversado

El ministerio Fiscal no cedió ni un milímetro, ni siquiera con Ignacio González

EDDC.NET / Santa Cruz de Tenerife

Faltaban elementos que despertarán de su sueño a todo aquellos que dormían apaciblemente, después del juicio, de los éxitos de las defensas y de las esperanzas truncadas. El mayor caso de corrupción por el momento ya juzgado y con los protagonistas en prisión generó y genera expectativas variadas, tanto en el campo de los despiertos como en el campo de los dormidos, una figura que nos permite saber quien está o no en los intríngulis de lo que pasa en estas islas tan singulares.

El pasado 1 de abril la sección segunda de la Audiencia Provincial tras saberse el sentido último y definitivo del Tribunal Supremo, procedía a “la práctica de las diligencias necesarias de acuerdo con lo dispuesto citados y concordantes de la L  ey de Enjuiciamiento Criminal y del Código Penal conforme a la naturaleza de la pena impuesta. A tal fin, procédase a la apertura de una pieza separada de ejecución para cada uno de los penados”.

En este sentido la Audiencia Provincial señalaba que “ en el caso de los penados Miguel Zerolo Aguilar, Manuel Parejo Alfonso,. Manuel Cándido González Martín y Antonio Ramón Plasencia Santos, procede adoptar las disposiciones necesarias para su inmediato ingreso en prisión (artículo 900 p II de la LeCrim). La gravedad de la pena impuesta, tal y como apunta el ministerio Fiscal y la elevada cuantía del dinero malversado y en consecuencia, del beneficio generado por los delitos por los que vienen condenados, determina un riesgo de fuga que hace necesario adoptar medidas inmediatas para hacer efectivo el cumplimiento del fallo”.

Por el contrario, “la menor gravedad de las penas impuestas a Juan Víctor Reyes Delgado y José Tomás Martín González hace posible, en estos casos, concederles un plazo de cinco días para el ingreso en prisión (ya cumplido), si bien, durante este período de tiempo y de nuevo para garantizar el cumplimiento efectivo de la pena, se acuerda prohibirles la salida del territorio insular salvo autorización de este tribunal”.

Ignacio González

En el caso de Ignacio González, el pasado 4 de abril la Audiencia Provincial se pronunció sobre un escrito que pedía la suspensión de la pena impuesta al empresario y ex presidente de la Cámara de Comercio.

El alto tribunal señaló que el ministerio fiscal se opuso a esta suspensión y precisó que “la documentación médica que se aporta y en la que se funda la petición de suspensión de la pena, incluye datos y consideraciones que ya han sido valoradas en el informe forense de fecha 2 de abril en el que no se aprecia que el penado sufra una enfermedad de carácter grave con padecimientos incurables que autorice la suspensión excepcional de la ejecución de la pena (…) y se afirma en el mismo que el servicio médico penitenciario está en disposición de facilitar al penado la asistencia que pueda resultarle necesaria (…). En todo caso y como ya se ha indicado en la resolución precedente, la ejecución penitenciaria podrá ser ajustada a las condiciones y circunstancias del penado”.

Muy claro todo. Con los ojos muy abiertos ahora toca el proceso de recuperar el dinero. Una batalla que acaba de comenzar y que puede llevarse al alcalde nacionalista de Santa Cruz sino anda listo.