La Asociación Nuestro Patrimonio pide que la nueva Ley de Patrimonio Cultural prevea mecanismos para evitar situaciones como la ocurrida en Santa Cruz de Tenerife

El Ayuntamiento no ha protegido más de 500 inmuebles a pesar del Cabildo

EDDC.NET / Santa Cruz de Tenerife

La Asociación Nuestro Patrimonio defiende para la reforma de la ley de Patrimonio Histórico de Canarias, cuyo proyecto legislativo ha aprobado esta semana el gobierno canario y entra ahora al Parlamento regional, los siguientes objetivos generales:

1) Dotar de mayor agilidad los procedimientos administrativos, con plazos de obligado cumplimiento, sin mermar por ello controles básicos para evitar pérdidas o deterioro de patrimonio cultural.

2) Incidir en que las administraciones públicas deben dotar de los recursos humanos y medios materiales suficientes a los servicios de patrimonio histórico para cumplir con eficacia sus funciones.

3) Establecer la obligatoriedad (y no la mera potestad) para las administraciones públicas de inversiones en el patrimonio público, así como de medidas de fomento y de incentivos a los propietarios de inmuebles catalogados. Para tal fin: creación de un fondo público, subvenciones, bonificaciones fiscales (impuesto de obras, IBI, permitir el uso de la RIC)

4) Reforzar en la ley la obligatoriedad y el contenido de las medidas de fomento que deben incluirse en los planes sobre Bienes de Interés Cultural para asegurar su eficaz cumplimiento, de modo que pueda conservarse, restaurarse y rehabilitarse el patrimonio cultural canario.

5) En el procedimiento para catalogar un inmueble con algún grado de protección legal, revisarlo para que no ocurran desproporciones tales como la que se ha producido entre el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife y el área de Patrimonio Histórico del Cabildo sobre la cantidad de inmuebles históricos que quedan desprotegidos (550 ha propuesto catalogar desde 2006 el servicio insular de Patrimonio Histórico, y el Consistorio solo ha aceptado proteger en torno a 20).

6) En disposiciones transitorias deben recogerse medidas excepcionales de revisión y actualización de los catálogos, para incluir nuevos bienes hoy desprotegidos.