El Tribunal Supremo hace legales más de 4.600 viviendas vacacionales en Lanzarote

La sentencia del Tribunal Supremo (TS) que ha anulado la decisión del Gobierno canario de prohibir las viviendas de alquiler vacacional en las zonas turísticas afecta a más de 4.600 viviendas de este tipo en Lanzarote que se encuentran en Playa Blanca, Puerto del Carmen y Costa Teguise, según ha publicado Saúl García en www.diariodelanzarote.com. Según el informe sobre el alquiler vacacional en Canarias, elaborado por el Gobierno, en Lanzarote existen 6.096 viviendas vacacionales, que suponen 25.934 camas. Por otra parte, las camas regladas, en hoteles y aeropuertos, suman 74.747. De las casas vacacionales, casi tres de cada cuatro están en las tres zonas turísticas y casi un tercio de las viviendas totales está en el municipio de Yaiza. La oferta vacacional ha bajado casi un ocho por ciento desde el año 2015 y la bajada en número de camas supone casi un 17 por ciento menos. El precio medio de las viviendas vacacionales en la Isla es de 106,62 euros. El municipio más caro es Yaiza, con 134 euros y el más barato es Arrecife, con 75. Por habitación, el precio más caro es de 60 euros en Haría y el más barato de 33, en la capital. La sentencia anulaba la regulación del gobierno porque la limitación de esa oferta en las zonas turísticas contraviene la libertad de empresa y solo busca “favorecer la oferta de productos alojativos tradicionales”. El Supremo dice en ese fallo que las razones del Gobierno para esa limitación “obedecían a meras razones de carácter económico”, para “que las viviendas vacacionales no compitan con el resto de establecimientos alojativos hoteleros o extrahoteleros”. Según los cálculos de la Asociación Canaria de Alquiler Vacacional, este sector genera una actividad de más de 1.500 millones de euros al año en el archipiélago. El gobierno publicó en 2018 un borrador del nuevo decreto regulatorio. En él se “ofrece un marco general sobre el que ayuntamientos y cabildos podrán establecer excepciones”. El alquiler vacacional se circunscribe a suelos de uso residencial no incluido en zonas turísticas, aunque “serán los cabildos y ayuntamientos quienes desarrollarán el planeamiento y podrán definir estándares de implantación”. Según el gobierno, las cuestiones básicas que han regido la elaboración del decreto son “la sostenibilidad del modelo turístico; la compatibilidad o incompatibilidad de los usos turísticos y residenciales; el derecho a la vivienda de los residentes; las garantías laborales y el empleo del sector”. También se establece la diferencia entre el propietario que posee una o dos viviendas vacacionales y el explotador profesional, dado que se considera que, a partir de que se comercialicen tres viviendas vacacionales, la actividad es profesional.