Discurso de apertura del año judicial 2015-2016

Vicente Garrido García (*)

Saludo a las autoridades presentes:

Una vez más, agradezco la presencia de todos ustedes en este sencillo acto, donde se procede a declarar la apertura del nuevo año judicial. Aunque ya son varias las ocasiones en que he tenido el honor de participar en esta solemnidad, quiero que mis primeras palabras sea para dar la bienvenida a quienes hoy nos acompañan por primera vez desde su posición de máximos responsables de las diferentes instituciones: Presidente del gobierno, Presidenta del Parlamento, Presidente del Cabildo de Gran Canaria. Su presencia evidencia el interés por la administración de Justicia por lo que les doy las gracias nuevamente y les deseo los mayores éxitos en el ejercicio de su gestión. Agradecimiento que singularizo en el nuevo equipo del área de Justicia del gobierno de Canarias. Gracias señor consejero y señora directora general. Confío en que el ejercicio de su gestión sea fructífera, pues ello redundará en la prestación de un mejor servicio público en favor de los ciudadanos a los que todos servimos.

En la consecución de ese objetivo, les ofrezco mi leal colaboración. Es un honor, presentar en presencia de todos ustedes la memoria de la actividad desplegada por el ministerio fiscal en Canarias en el año 2014. Ocasión propicia para trasmitir la trascendencia institucional que necesariamente debe tener la tarea crucial de defensa de la legalidad y de los derechos de los ciudadanos y la condición de promotor de la acción de la Justicia que la Constitución atribuye al Fiscal.

Oportunidad de presentar de una forma clara y trasparente lo realizado durante el pasado año, de los objetivos cumplidos, así como poder expresar nuestras necesidades y aspiraciones. En todo caso la Memoria es la síntesis del esfuerzo colectivo que, inspirado en los principios de legalidad e imparcialidad, ha sido llevado a cabo por todos los miembros del Ministerio Fiscal en este territorio, con la inestimable colaboración del personal de secretaría, sin olvidar el de los órganos judiciales ante los que actuamos.

En cumplimiento de lo exigido para este acto, pasaré a realizar una sintética referencia a los datos que, de forma extensa, se contienen en la Memoria de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma del presente año. El ministerio Fiscal despliega su actividad en las áreas penal, civil, contencioso-administrativa y social con un claro protagonismo de la primera de ellas. Por ello centraré esta breve dación numérica en la actividad desplegada en el ámbito penal.

Una primera aproximación a las cifras nos permite anticipar que a lo largo del pasado ejercicio se han mantenido las cifras absolutas en términos similares a las correspondientes al ejercicio del año 2013.

Sumados los procedimientos judiciales por delito y por falta se alcanza en el año 2014 la cifra total de 262.254 causas penales incoadas, 1.914 menos que las incoadas en el año 2013, lo que supone disminución del 0.72%. En todo caso, las variaciones interanuales observables en la litigiosidad penal en los años precedentes ofrecen la impresión de una cierta estabilización tras el ligero descenso estadístico que se observó en el año 2010.

El desglose por provincias presenta los siguientes resultados. En la provincia de Las Palmas los órganos judiciales incoaron un total de 141.119 procedimientos penales, lo que supone una disminución del 0,59 % en relación con el año anterior. Por lo que a la provincia de Santa Cruz de Tenerife se refiere, los órganos judiciales incoaron un total de 121.135 procedimientos penales. Esta cifra supone una disminución del 0,87 %.

En esa cifra general figuran las correspondientes a las faltas tipificadas en el Libro III del CP y que han motivado la incoación de 48.446 expedientes, de los cuales el ministerio fiscal ha intervenido en 27.273 juicios. Dicha cifra es claramente representativa del enorme esfuerzo que realiza el ministerio fiscal en el enjuiciamiento de dichas infracciones. En este punto necesario es apuntar que la supresión del Libro III del Código Penal, demanda de forma reiterada por las distintas instancias del ministerio fiscal, no ha llegado a colmar todas las expectativas que se habían depositado en una nueva ordenación de las infracciones leves, no podemos sino mostrar una cierta frustración por la reforma operada, de forma que la sobrecarga de trabajo que generaba en los órganos judiciales ese tipo de infracciones no se ha visto aliviada, incluso puede que la sobrecarga de trabajo en las Fiscalías se vea agravada en virtud del principio de oportunidad en donde será preciso pronunciarse sobre el interés público subyacente.

La frialdad de las cifras anteriores debe servir para ensalzar la labor llevada a cabo por todas aquellas personas que dedican su actividad profesional al servicio de los demás, en la administración de Justicia. El ministerio Fiscal se siente integrado en una compleja

maquinaria de la que también forman parte los jueces y magistrados; los secretarios judiciales; los abogados, procuradores y graduados sociales; los abogados del Estado y del resto de administraciones Públicas; los médicos forenses; las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad; el personal auxiliar; y los organismos o instituciones públicas que colaboran año tras año en mayor medida con la administración de Justicia (la Agencia Tributaria, la Inspección de Trabajo, o la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, entre otras).

Por ello debemos dejar constancia del reconocimiento de la Fiscalía por la recíproca cooperación en la tarea que desarrollamos entre todos. El indudable esfuerzo colectivo no puede ensombrecer la cantidad y calidad del trabajo desarrollado por el Ministerio Fiscal en Canarias.

Las cifras son elocuentes:

Desde el punto de vista cuantitativo, el pasado año se formularon 13. 682 escritos de acusación, de los cuales 8.480 se presentaron en procedimientos de Juicio Rápido, dicha cifra representa el 61,97 % del total de calificaciones deducidas por el ministerio fiscal en el pasado año 2014. Igualmente merece resaltarse el alto índice de conformidades obtenidas en los juzgados de guardia de Canarias, concretamente el 76,29 %.

Por lo que a la jurisdicción de menores se refiere, se formularon 1.249 escrito de alegaciones, siendo mínimo el número de expedientes de reforma que quedaron pendientes de tramitación al finalizar el ejercicio. Resulta necesario referir el número de señalamientos a los que asistió el ministerio Fiscal a lo largo del año 2014. Así, en el ámbito penal referido a los juicios de faltas se asistió a la celebración de 33.714 señalamientos y a 9.375 juicios por delito; a 1.194 audiencias en la jurisdicción de menores y 9.870 vistas civiles.

Desde el punto de vista cualitativo, se obtuvo un alto índice de sentencias conformes, en mayor o menor medida, con las peticiones de la Fiscalía. Y así, a nivel de la comunidad autónoma, de las 7.674 sentencias dictadas por delito en los juzgados de lo Penal y las Audiencias Provinciales, el 83,88 % fueron conformes con las posiciones del ministerio público.

Estos porcentajes son todavía más relevantes en el caso de algunas materias especializadas que desde hace varios años vienen siendo objeto de tratamiento individualizado en la organización del ministerio fiscal. La figura del fiscal especialista se está convirtiendo en todas las fiscalías de España en un referente en su materia, que rinde evidentes frutos en la calidad y cantidad de trabajo, en la obtención de sentencias condenatorias (actuación en materia antidroga, contra la delincuencia económica, la criminalidad informática, o el medio ambiente y el urbanismo) y en la protección de las víctimas que requiere una especial sensibilidad (siniestralidad laboral, trata de seres humanos).

Diligencias de investigación

Como tantas veces se ha dicho, el modelo de proceso penal vigente, en donde las investigaciones policiales están dirigidas más o menos por el juez instructor, con intervención puntual del fiscal, se encuentra agotado. Particularmente los asuntos de una cierta complejidad requiere la presencia de un perfil de fiscal activo que cuente con las herramientas adecuadas para realizar eficazmente la estrategia procesal.

En las Fiscalías de Canarias las diligencias de investigación del fiscal son el cauce más idóneo para la investigación de la criminalidad compleja, el volumen de las mismas sigue incrementándose año tras año. Así el número de diligencias de investigación incoadas durante el pasado ejercicio fue de 1.015. Al igual que ocurre con el resto de Fiscalías del Estado, mas de un 60 % de las diligencias incoadas (40% en otras Fiscalías) proceden de denuncias de las diferentes administraciones públicas, lo que evidencia una creciente confianza del sector público en la capacidad investigadora del fiscal.

Sin duda, el principio de unidad de actuación explica el éxito de las diligencias de investigación del fiscal y posibilita eludir tanto la fragmentación de la investigación en manos de diferentes jueces de instrucción, como las cuestiones de competencia. Desde el punto de vista cualitativo los datos que ahora se aportan se refieren al número de escritos de calificación que ha formulado el fiscal en el pasado ejercicio. El dato, sin duda es insuficiente, pero en cualquier caso esta dotado de una mayor rigurosidad que el del número de diligencias previas incoadas que ha sido el valor tradicionalmente utilizado, en la medida que constituye una valoración jurídica de los tipos delictivos realizada por el propio Fiscal.

Así: en los delitos contra las personas, se formularon 2010 calificaciones por delito de asesinato y homicidio doloso y 16 por homicidio imprudente. Las calificaciones por lesiones dolosas fueron 1.369. En el ámbito de los delitos contra el patrimonio y el orden socioeconómico el fiscal formuló 965 escritos de acusación por delitos de robo con fuerza, 632 por delitos de hurto y 364 por delitos de robo con violencia.

La lucha contra la violencia sobre la mujer

Las secciones de Violencia sobre la mujer de las dos Fiscalías provinciales son reflejo de lo que debe ser la lucha contra este fenómeno. Resaltar el compromiso de sus integrantes para procurar el castigo de los culpables y la protección de las víctimas. El pasado año se formularon 767 escritos de acusación por delitos de maltrato familiar.

Lamentablemente siguen produciéndose muertes de mujeres que nos sobrecogen. La experiencia diaria nos hace pensar en que se trata de un fenómeno con raíces históricas y sociológicas muy profundas que no se puede erradicar solamente con el derecho penal. La violencia de género requiere un tratamiento multidisciplinar en donde tiene ital importancia la prevención y fundamentalmente la educación.

La actuación protectora del ministerio fiscal respecto de quienes son especialmente vulnerables también se expresa a través de las secciones de lo civil y de protección de las personas con discapacidad, de los servicios de Protección de Víctimas. Todos ellos nos enfrentan a una realidad cotidiana que no siempre aparece visible, pero que sigue exigiendo de nosotros un especial esfuerzo de coordinación con los servicios sociales correspondientes, para ofrecer una adecuada respuesta jurídica a problemas cuya solución definitiva depende de la sociedad en su conjunto. Todo ello ha sido posible gracias al entusiasmo, entrega y compromiso personal de un grupo de profesionales formado por un total de 120 Fiscales y 103 funcionarios.

Necesidades

En este punto estimo necesario realizar una reflexión, reiterada en muchas ocasiones: para que el ministerio Fiscal pueda cumplir eficazmente su defensa de la sociedad y lo haga con el rigor que la sociedad y la ley exigen, necesita contar con medios suficientes. Invertir en el Ministerio Fiscal es contribuir a la construcción del Estado de Derecho.

El ejemplo más elocuente de necesidades lo constituye la escasez de funcionarios que sirven en nuestras oficinas. En nuestra comunidad la ratio de funcionarios por Fiscal es del 0,85 %, advertir que la medía europea es del 14 %. Necesitamos un clara y transparente autonomía presupuestaria. La Fiscalía necesita saber la cantidad presupuestaria asignada y tener facultad de gestión sobre la cantidad asignada. La sociedad tiene derecho a conocer y controlar el gasto realizado.

En cualquier caso, conviene reiterar, que con independencia de la carencia de medios apuntada, el compromiso, dedicación y esfuerzo de los fiscales en Canarias es más que evidente. En un clima social de indignación contra la corrupción y la criminalidad organizada, los hombres y mujeres que conforman el ministerio fiscal en Canarias están realizando –como ocurre en el resto del Estado- una labor encomiable.

Los resultados anteriores de número de escritos de calificación, alto porcentaje de sintonía en las tesis del fiscal por los juzgados y tribunales en las sentencias dictadas, diligencias de Investigación iniciadas, querellas presentadas, avalan lo dicho. Sin embargo, quiero aprovechar la oportunidad de que todos juntos reflexionemos sobre un hecho que sigue siendo perturbador. Me refiero a la presión que con frecuencia se realiza sobre nuestra actuación al margen del proceso penal.

Como tuvo ocasión de exponer la Fiscal General del Estado con ocasión del discurso de apertura del año judicial en Madrid: “los fiscales no siempre pueden desempeñar sus difíciles funciones en el clima de serenidad, confianza y respeto que sería deseable. Los reclamos mediáticos, a veces incompatibles con la seguridad de la investigación, las críticas partidistas o interesadas, e incluso el hostigamiento puede constituir una presión agobiante. Pero ocasiones asistimos al injusto cuestionamientos del trabajo y la imparcialidad de la Fiscalía en relación con ciertas investigaciones”.

En sus palabras la Fiscal General del Estado recoge una situación que se reproduce en todos los territorios y que siempre afecta a la actuación del ministerio fiscal en relación con los delitos de corte económico relacionados con la corrupción. Al respecto decir que los Fiscales no consienten ni consentirán jamás que nada ni nadie les haga actuar para una finalidad distinta de la que la propia ley permita o exija. Ellos soportan y soportaran siempre la única presión posible en un trabajo como el nuestro: la del cumplimiento de la legalidad vigente. No otra cosa es lo que la sociedad demanda de nosotros.

Reflexión sobre el proceso penal

Con los datos estadísticos anteriormente expuestos se pueden obtener las siguientes conclusiones. Estamos ante un sistema que gestiona cerca de 300.000 asuntos al año pero que solamente se formula acusación por delito en el 4,66% de los casos, si de ese porcentaje excluimos las sentencias obtenidas por conformidad, llegamos a la conclusión de estar ante un sistema que sólo celebra un número de juicios y dicta un número de sentencias por delito que suponen apenas el 2 % (2,65 %) del volumen total de asuntos gestionados.

Parece evidente que un sistema que emplea tanto tiempo, recursos y esfuerzos en gestionar un volumen de asuntos cuyo resultado final es que poco mas del 10 % (14,03 %) culmina con algún tipo de resolución de fondo, de los cuales sólo el 4,82 % se refiere a infracciones por delito, debe ser objeto de una profunda revisión.

Los datos anteriores ofrecen la imagen de una administración de Justicia excesivamente burocratizada. Precisamente por ello, y siguiendo las indicaciones de la Fiscalía General del Estado, en la Memoria del pasado ejercicio se ha realizado una reflexión colectiva de la institución sobre las razones que, a nuestro juicio, motivan los indudables retrasos que sufren algunas causas judiciales que, normalmente, presentan cierta complejidad y que, en muchos casos (aunque no siempre), también revisten una notoriedad o trascendencia social.

Es indudable que existe un estado de opinión generalizado que, basado en datos objetivos, considera que la administración de Justicia no ofrece una respuesta eficaz y eficiente frente a fenómenos delictivos complejos que, en ocasiones, afectan a bienes jurídicos de gran relevancia para la sociedad, como la corrupción o la criminalidad organizada de carácter transnacional (tráfico de drogas, trata de seres humanos, delincuencia económica o informática).

Desde nuestro punto de vista, ello se debe a que los fenómenos delictivos de una cierta complejidad no son combatidos con equipos de investigación coordinados, con distribución de funciones y con capacidad para tomar decisiones y actuar en diferentes territorios. A nuestro juicio, la flexibilidad organizativa de la estructura del ministerio fiscal permitiría ofrecer una respuesta más ágil y eficaz frente a estos fenómenos delictivos.

Por lo tanto, el problema es de fondo, de modelo. La obligatoriedad de incoar un proceso penal respecto de cualquier hecho que revista una indiciaria apariencia delictiva genera una burocratización del proceso penal manifiestamente injustificada. A ello se une que los procesos que superan este primer filtro muestran una exhaustividad propiciada por una excesiva relevancia del valor de lo actuado en la fase de instrucción, que determina el agotamiento y/o reiteración de diligencias de investigación que, en muchos casos, no son necesarias para valorar si procede o no la apertura de juicio oral, que es la finalidad intrínseca de la instrucción. A su vez, la fase intermedia se prolonga excesivamente por necesidades de gestión que están directamente condicionadas por una carga de trabajo que podría evitarse si la fase de investigación se recondujera a la finalidad que le es propia. A todo ello se une el hecho de que no existe un verdadero juicio de acusación en el que se pueda valorar si procede o no la apertura del juicio oral, analizando la suficiencia y validez de la prueba, evitando con ello la excesiva litigiosidad derivada de la reiteración de impugnaciones que objetivamente retrasan la tramitación de la causa afectando a la propia línea de investigación, lo que, en algunas ocasiones, puede ser calificado de auténtico “filibusterismo procesal”.

Por otro lado, es ya urgente la implantación de una genuina estructura de una nueva oficina judicial, con servicios comunes de tramitación e impulso procesal, de notificaciones y comunicaciones mediante el uso de las nuevas tecnologías, o de investigaciones patrimoniales para la adopción de medidas cautelares y/o de ejecución.

Se hace imprescindible, entre otras cosas, que exista una real interoperabilidad de los diversos sistemas informáticos; la adscripción de equipos de Policía Judicial al servicio de Juzgados y Fiscalías; la suscripción de convenios con entidades públicas y privadas para la adscripción funcional de técnicos y peritos al servicio de la administración de Justicia (Inspectores de Hacienda, Trabajo, Seguridad Social; Interventores del Estado; Auditores; o especialistas en urbanismo, patrimonio histórico o ecotoxicología); o la mejora de los sistemas de protección de testigos con una adecuada dotación presupuestaria.

En este último punto, confiamos en que la ley reguladora del Estatuto de la Víctima (que entrará en vigor el próximo 28 de octubre), permita avanzar en la superación del tradicional olvido que las víctimas han sufrido en el proceso penal. En definitiva, se trata de sentar las bases de un nuevo sistema de justicia penal que supere el modelo decimonónico, lo que a nuestro juicio se ha convertido en una imperiosa necesidad si se quiere ofrecer  un servicio público eficaz y eficiente, en garantía de los derechos de unos ciudadanos que ya están integrados en una sociedad propia del siglo XXI.

Finalizo. En todo caso los fiscales seguirán, junto con los jueces, magistrados y todos los que forma parte de la administración de Justicia en Canarias, trabajando conforme al sistema constitucional, sin que tenga entrada el desaliento, con entusiasmo, en el convencimiento de que su fortaleza y estabilidad constituye la base firme desde la que emprender nuevas metas. Muchas gracias por su atención

(*) Fiscal Superior de Canarias