El BOP publica la aprobación inicial de las ordenanzas de Licencias y Accesibilidad

Las nuevas normas urbanísticas facilitan los trámites para la ejecución de obras 

EDDC.NET / Santa Cruz de Tenerife

El Boletín Oficial de Canarias (BOP) publicó el anuncio de la aprobación inicial de las nuevas ordenanzas urbanísticas de Licencias y de Accesibilidad, con lo que el trámite para la entrada en vigor de ambas normas sigue su curso con la habilitación de un plazo de treinta días para la presentación de sugerencias, según explicó el tercer teniente de alcalde y concejal de Urbanismo, Carlos Garcinuño.

La ordenanza de Licencias simplifica la intervención municipal, de modo que se establecen dos únicas modalidades: la licencia y la comunicación previa.

El régimen de licencia sólo se aplicará a aquellas actuaciones urbanísticas en las que se aprecien razones imperiosas de interés general, concepto ampliamente desarrollado por la Unión Europea que hace referencia a actuaciones que por su naturaleza exijan una especial protección del orden urbanístico o del medio ambiente.

El resto de actuaciones urbanísticas de reducido impacto urbanístico y escasa entidad técnica se legitimarán a través de la comunicación previa, entendiéndose por tal el documento mediante el que los interesados, bajo su responsabilidad, ponen en conocimiento del Ayuntamiento sus datos identificativos, manifiestan que cumplen con los requisitos establecidos en la normativa vigente, aportan la documentación que así lo acredita y la que se exige la propia Ordenanza, además de comprometerse a mantener su cumplimiento durante el periodo de tiempo inherente a dicho reconocimiento o ejercicio.

Los permisos concedidos hasta ahora como “obra menor” solo precisarán ahora de  una comunicación previa.

Para las obras de reforma interior en las viviendas, cuando no tengan carácter estructural, no se precisará ni licencia ni comunicación previa.

En cuanto a la norma sobre Accesibilidad, facilitará la ejecución de obras que garanticen la accesibilidad de personas con movilidad reducida a aquellos propietarios que lo soliciten.

En concreto, la Ordenanza tiene por objeto adecuar las edificaciones existentes a las condiciones básicas de accesibilidad facilitando la instalación de ascensores u otros elementos que garanticen la accesibilidad universal, así como la modificación de los ascensores en edificios existentes para hacerlos más accesibles.