La sentencia que llevo a Mike Topas a la cárcel y que deja claro a que se dedicaba y todo lo que movió en su día y que llegó hasta el Supremo (II)
Es la manera de entender que puede haber detrás del jardinero de segunda, Schai Topas, su hermano
ELDIGITALDECANARIAS.NET / Los Realejos
Ya decíamos ayer en la sentencia del Supremo sobre Mike Topas y los suyos el alcance de la organización y aquí seguimos, “para continuar con la distribución de la cocaína a los consumidores el procesado Eulalio Héctor alquiló en el mes de abril de 2008 el restaurante Nettuno, sito en la calle Dinamarca nº 16 del Puerto de la Cruz, que era propiedad de Pedro Gabriel, en el que puso a trabajar como camarera a la procesada Nuria Paulina, con la específica misión de hacer las entregas de cocaína a los compradores que previamente la negociaban mediante llamadas telefónicas.
“En el mismo restaurante, aunque aparentemente realizaban labores de mantenimiento los procesados Placido Cándido y Alejandro Emiliano su verdadero cometido consistía en custodiar la cocaína que se vendía en el restaurante, donde además el procesado Alejandro Emiliano recibía concretas indicaciones del procesado Eulalio Héctor sobre el modo de preparación, las cantidades que tenía que preparar, y le señalaba los diferentes miembros de la organización a los que cada partida iba a ser entregada para su salida al mercado.
“Así, el día 25 de agosto de 2008 el procesado Eulalio Héctor ordenó al procesado Alejandro Emiliano que entregase dos paquetes de cocaína a la procesada Asunción Fermina, a la que luego el jefe de la organización llamó para preguntarle cuánto dinero le puede conseguir de las ventas de la droga, dándole cuenta del estado de los pagos que está esperando recibir de los clientes a los que ha suministrado previamente partidas de cocaína.
“A su vez, en la distribución de la cocaína obtenida de su jefe la procesada Nuria Paulina contaba con la colaboración de su hermano el también procesado Donato Imanol, nacido en 1987, provisto de documento nacional de identidad número y sin antecedentes penales, quien a instancia de su hermana ingresó en la organización para dedicarse a la venta directa de droga entre los consumidores, reportando luego los beneficios obtenidos.
“La cocaína que la organización criminal liderada por el procesado Eulalio Héctor distribuía del modo ya relacionado en la zona Norte de Tenerife, le era suministrada hasta la detención de la misma el día 13 de octubre de 2008 por la procesada Olga Noelia , nacida en Accra (Ghana) el día de 1954, titular del NIE y sin antecedentes penales, residente en el Puerto de la Cruz, desde donde mantenía contactos con individuos africanos que le transportaban la cocaína desde el continente africano, contando para ello con la activa colaboración de su pareja el también procesado Eliseo Onésimo, nacido en Camerún el de 1964, provisto de documento nacional de identidad número y sin antecedentes penales.
“A su vez, la procesada Olga Noelia distribuía desde su tienda de productos africanos Afro Bazar TJ, sita en la calle Hoya número 69 de Puerto de la Cruz, partidas de la sustancia estupefaciente que no causa grave daño a la salud hachís que le facilitaba el procesado Eulalio Héctor enviando a su lugarteniente el procesado Placido Cándido para llevarle a la procesada Olga Noelia diversas pastillas de hachís, como aconteció el día 1 de marzo de 2008, fecha en que siguiendo las indicaciones del procesado Eulalio Héctor el procesado Placido Cándido acudió a la tienda de Olga Noelia y le entregó una bolsa tras pactar en conversación telefónica la entrega de dos kilogramos de hachís.
“Concretamente, a partir de los meses de verano del año 2008 el procesado Eulalio Héctor estuvo recibiendo diversas partidas de cocaína de la procesada Olga Noelia , droga que luego hacía llegar a los miembros de su banda ya relacionados, con los cuales se refería siempre a la sustancia estupefaciente con las palabras "coche" o "gasolina", entre otras claves, como "potencia" con las que hacía referencia a un kilogramo de cocaína, sustancia estupefaciente que por dos veces, una en septiembre y otra en octubre de 2008 el procesado Eulalio Héctor ofreció en venta al procesado Remigio Urbano , el cual procedía luego a distribuir la cocaína en el bar que regentaba, "La Caja Vieja" sito en la calle San Antonio nº 30 del Puerto de la Cruz.
“El individuo que al menos desde el mes de marzo se encargaba de viajar desde África con la cocaína que finalmente hacía llegar a la procesada Olga Noelia en el Puerto de la Cruz, era el procesado Fulgencio Sabino, nacional de Togo nacido en 1965, titular del pasaporte de la República de Togo y sin antecedentes penales, que en los meses de septiembre y octubre del año 2008 viajó al menos en dos ocasiones desde África a Tenerife, vía Madrid, para reunirse con los procesados Olga Noelia y Eliseo Onésimo a los que entregó unas cantidades indeterminadas de droga en el Puerto de la Cruz y de los cuales recibió el dinero procedente de las ventas de partidas anteriores.
“En el mes de octubre de 2008 los procesados Eulalio Héctor y Olga Noelia iniciaron una nueva secuencia de contactos para gestionar la importación de una nueva partida de cocaína procedente de África, para lo cual la procesada Olga Noelia solicitó al procesado Eulalio Héctor el adelanto de 1.500 euros necesarios para gestionar los pasajes y los gastos del individuo que tenía que transportar la cocaína en funciones de "correo", al tiempo que la procesada Olga Noelia comenzó a planificar con el procesado Fulgencio Sabino el envío de un nuevo cargamento de cocaína con destino a Tenerife, primero mediante el envío de dinero para los gastos del viaje, 1.000 euros, 500 de los cuales fueron enviados por una tercera persona no identificada, y después mediante una llamada para comunicar que Fulgencio Sabino ya estaba en Madrid y finalmente concertando una cita con él para el día 11 de octubre en el Puerto de la Cruz”