30 Sep 2026

El COA cuestiona la contratación de la reforma del Cine Chimisay y el encargo a GESPLAN del nuevo PGO de Los Llano de Aridane  

Islas

La institución cuestiona dos procedimientos que, a su juicio, limitan la concurrencia profesional libre y reclama que la contratación pública garantice la calidad arquitectónica, independencia técnica y la igualdad de oportunidades 

ELDIGITALDECANARIAS.NET/La Palma

El Colegio Oficial de Arquitectos de Tenerife, La Gomera y El Hierro cuestiona por la vía legal dos decisiones adoptadas por administraciones públicas de Canarias que afectan directamente a la contratación de servicios de arquitectura y urbanismo, concretamente la licitación para reforma del antiguo Cine Chimisay, en Puerto de La Cruz, y el encargo a la empresa pública GESPLAN de la redacción del nuevo Plan General de Ordenación Urbana (PGO) de Los Llanos de Aridane. 

Ambas actuaciones, según entiende la institución, responden a una misma línea de defensa de la calidad de la arquitectura, la libre concurrencia, la igualdad de oportunidades y la adecuada valoración de estos servicios profesionales.  

En lo que respecta al recurso relativo a la reforma del antiguo cine ubicado en Puerto de la Cruz, el COA sostiene que la contratación conjunta de proyecto y obra tiene carácter excepcional dentro de la Ley de Contratos del Sector Público y considera que, en este expediente, no se han acreditado circunstancias técnicas suficientemente singulares que justifiquen apartarse del procedimiento ordinario, en el que primero se redacta el proyecto y luego se contrata la ejecución de la obra.  

A pesar de que la memoria municipal vincula esta decisión a la complejidad de la actuación, el Colegio considera que esa circunstancia no acredita por sí sola que exista imposibilidad técnica para redactar previamente el proyecto de manera independiente. Por ello, la institución advierte de que integrar ambas prestaciones puede terminar subordinando el trabajo del proyectista a los intereses constructivos y económicos de la ejecución de la obra. Esto es totalmente opuesto a Ley de Calidad de la Arquitectura.  

Asimismo, el COA no entiende que no se haya licitado por lotes, lo que impide que los estudios de arquitectura puedan concurrir directamente en las mismas condiciones alterando la vinculación de la figura del arquitecto durante el proceso obligándolo a concurrir juntamente con la empresa encargada de la obra.  Una relación que para que el COA pone en “entredicho” la autonomía técnica que debe existir entre quien proyecta y quien ejecuta.  

En lo que respecta al PGO de Los Llanos de Aridane, el recurso cuestiona el encargo realizado a la empresa pública GESPLAN. Una decisión municipal que se adopta a pesar de existir un informe desfavorable de la propia secretaría municipal y un informe de fiscalización favorable, pero con observaciones. Para el COA la redacción de esta herramienta “clave” para el desarrollo urbanístico del municipio debe desarrollarse con garantías de publicidad, concurrencia e igualdad de oportunidades para los profesionales.  
 
En ambos casos, prima la salvaguarda de la calidad técnica y urbanística de las actuaciones, garantizando procedimientos que permitan valorar adecuadamente la capacidad y especialización de los profesionales, preservando la independencia técnica y favoreciendo soluciones que respondan al interés general.  

 

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