Unidas Podemos pide eliminar en Santa Cruz la tasa de vados para personas con movilidad reducida por discriminatoria

Yaiza Gorrín recuerda que el TSJC estableció en 2018 que es ilegal el cobro a este colectivo de espacios reservados en la vía pública

EDDC.NET / Santa Cruz de Tenerife

Yaiza Gorrín, portavoz adjunta de Unidas Podemos (Podemos-Izquiera Unida-Equo) en Santa Cruz de Tenerife, ha solicitado la eliminación de la tasa por vados para personas  con movilidad reducida que se cobra en el municipio capitalino, al considerar que es “discriminatoria e ilegal”, como estableció una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) en 2018. 

Así se expuso durante la reunión de la Mesa de Accesibilidad, un foro municipal en el que están representadas las asociaciones y colectivos personas con discapacidad, los técnicos municipales e insulares y los representantes políticos.

En la actualidad,  según explica la concejala, el Ayuntamiento cobra estas plazas de aparcamiento a las personas con discapacidad que ganan más de 1,5 veces el salario mínimo interprofesional (por debajo de esa renta la tasa está bonificada al 100%).

La sentencia dictada por el TSJC, a raíz de un recurso presentado por una vecina afectada de Santa Brígida, dictamina que cualquier cobro va contra las directrices de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, aprobada e Nueva York en 2006, y el Real Decreto Legislativo 1/2013.

Además, el fallo judicial invoca el artículo 30 del Texto Refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad, que señala que los ayuntamientos adoptarán “las medidas adecuadas para facilitar el estacionamiento de los vehículos pertenecientes a personas con problemas graves de movilidad, por razón de su discapacidad”.

Como remarca la sentencia, condicionar el derecho a la accesibilidad a una vivienda por parte de una persona con movilidad reducida al pago de una cantidad económica “es algo alejado por completo del espíritu de los instrumentos internacionales, constitucionales y legales indicados sin que baste para cumplimentar sus exigencias una igualdad de trato formal con las personas que tienen sus facultades ambulatorias intactas sino que es preciso, en atención al principio de igualdad (artículo 14 de la Constitución), que las Administraciones Públicas desplieguen medidas de tipo positivo que permita que las personas con discapacidad gocen de una situación similar a las que no la tienen”.

Gorrín pone de relieve que ya en abril de 2019 Podemos presentó alegaciones en este sentido a la ordenanza de movilidad de Santa Cruz, si bien la respuesta fue que la supresión de la tasa correspondía a las ordenanzas fiscales.