Los Realejos eleva la asistencia domiciliaria a 84 dependientes y mayores del municipio

El Ayuntamiento destina 153.000 euros a este servicio sociosanitario con 12 profesionales y lo dota de un nuevo vehículo 

EDDC.NET/Santa Cruz de Tenerife

El alcalde de Los Realejos, Manuel Domínguez, anuncia que “el servicio de ayuda a domicilio integrado en las políticas de Bienestar Social del Ayuntamiento contará en 2016 con un presupuesto de 152.981,72 euros, lo que permite la asistencia domiciliaria de 84 personas dependientes o mayores del municipio, y dispondrá además de un nuevo vehículo recientemente adquirido para la mejora de la atención”.

La concejala de Bienestar Social, Olga Jorge, explica que “este servicio constituye un conjunto de actuaciones en el domicilio de los destinatarios de carácter social, de apoyo psicológico, educativo y rehabilitador para vecinos que por enfermedad o por edad avanzada requieren de cuidados especiales y que por las características económicas familiares no pueden asumir los costes derivados de esa atención especial”.

En la actualidad son 12 los profesionales del sector sociosanitario los que atienden este servicio de ayuda a domicilio, 5 de ellos son personal municipal a través de gestión directa por parte del Ayuntamiento de Los Realejos y otros 7 de ellos personal de una empresa que complementa el servicio a través de gestión indirecta.

“El Ayuntamiento de Los Realejos seguirá apostando por la consolidación de los servicios sociales, a los que destina 1.926.318,56 euros, lo que supone estar cerca de las necesidades de las familias con menos recursos de nuestro municipio a través de las ayudas y la atención directa en el propio consistorio, en las Unidades de Trabajo Social de zona en diferentes núcleos o en la propia asistencia domiciliaria, como el caso que nos ocupa”, detalla Manuel Domínguez.

Podrán ser beneficiarios del servicio de ayuda a domicilio aquellos vecinos que justifiquen la necesidad de asistencia en su domicilio por razones de enfermedad o deterioro de edad, dificultades temporales o definitivas de autonomía personal o con problemática familiar o en situación de riesgo que le impida o dificulte la realización de sus actividades básicas de la vida diaria, con escasez de recursos económicos y familiares y precisen para ello la ayuda de una tercera persona.

El reconocimiento del derecho a este servicio está condicionado a la aplicación de un baremo previsto en el reglamento regulador, de 25 de noviembre de 2004 y publicado en el BOP de 22 de abril de 2005, así como en el decreto territorial 5/1999, de 21 de enero, por el que se regula la prestación de la ayuda a domicilio.

Entre los requisitos para la solicitud de esta asistencia se pide la presentación de documentos personales y familiares, tarjeta sanitaria, declaración de la renta, justificante de ingresos económicos, declaración responsable de bienes patrimoniales o certificado de catastro de bienes inmuebles, informe médico actualizado y certificado de grado de minusvalía, en su caso.