El Cabildo de Gran Canaria responde que el informe medioambiental del transplante de árboles en Tejeda no era necesario

Los árboles estaban fuera del suelo incluido en los espacios protegidos en la cumbre

EDDC.NET / Las Palmas de Gran Canaria

El Cabildo de Gran canaria ha respondido con un informe de no necesidad de autorización por actuaciones sobre la flora a la petición formulada el pasado 25 de julio por la Asociación de Vecinos de Tejeda y la Unión de Asociaciones de Reserva de la Biosfera de Gran Canaria, que presentaron entonces un escrito en el Registro General dirigido al Servicio Insular de Medio Ambiente para que se aclarara el porqué de la inexistencia de un informe medioambiental previo a las talas y trasplantes.

Los vecinos solicitaron a la corporación insular que se pronunciara sobre la legalidad de las talas y trasplantes efectuados en el municipio cumbrero y, además, reclamaban la visita in situ de los técnicos del Servicio Insular para inspeccionara los árboles trasplantados a raíz de las obras de peatonalización y adaptación de servicios de la calle Doctor Domingo Hernández Guerra y otra del término municipal.

En respuesta a este escrito el Cabildo señala que “las actuaciones de tala y/o trasplante de ejemplares de pino canario y laurel de indias no son objeto de Evaluación de Impacto Ambiental, ni por encontrarse en Área de Sensibilidad Ecológica, ni en Zona de Especial Conservación de la Red Natura 2000, ni por encontrarse en los supuestos establecidos en los anexos de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias”.

En su contestación a las dos organizaciones vecinales el Cabildo afirma que las talas y trasplantes quedan dentro del ámbito de la autonomía municipal establecida en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (art. 7.2), por lo que no son objeto de tutela por parte de esta Corporación.

El Cabildo grancanario reconoce que “es competente en la emisión de informe previo a las licencias que se otorguen en el suelo incluido en espacios naturales protegidos, en cumplimiento de la Ley 8/2015, de 1 de abril, de Cabildos Insulares. Sin embargo, añade que la retirada o tala de los ejemplares arbóreos de Tejeda se ha realizado en Suelo Urbano Consolidado por el Plan General de Ordenación Urbana vigente y dentro de la Zona de uso Especial delimitada como tal por el Plan Rector de Uso y Gestión del parque Rural del Nublo”. Asimismo indica que estas talas y trasplantes se han llevado a cabo “fuera de Zonas de Especial Conservación de la Red Natura 2000, y dentro de la Reserva de la Biosfera de Gran Canaria, que no tiene la consideración de normativa de planeamiento”.

Para el presidente de la asociación de Vecinos de Tejeda (Avete), Alonso Cruz Cabrera, “esta aclaración del Cabildo confirma la necesidad de buscar alguna protección legal para estos árboles, condenados a cualquier actuación que decidan hacer las autoridades municipales sin límite de ningún tipo”. En los mismos términos se ha expresado el presidente de la Unión de Asociaciones de Reserva de la Biosfera de Gran Canaria, Cristóbal Sánchez Cárdenes, que lamenta que “estos árboles se encuentran desprotegidos por completo y no existe modo de salvarlos si el alcalde de turno decide cortarlos o trasplantarlos sin garantías como ha ocurrido en Tejeda”.

En su contestación a los dos presidentes vecinales el Cabildo grancanario señala que no se ha vulnerado la legislación medioambiental ni siquiera en la tala de los 5 ejemplares de pino canario (Pinus canariensis) cortados por el Ayuntamiento de Tejeda en la calle Tomas Arroyo. Al respecto señala que esta especie autóctona canaria esta recogida en el Anexo III de la Orden de 20 de febrero de 1991, sobre protección de las especies de la Flora Vascular Silvestre porque, pero “los arboles objeto de este escrito no formaban parte de una explotación forestal o monte arbolado, sino que tenían la consideración de ejemplares no silvestres plantados y mantenidos por el ser humano en un suelo urbano consolidado dentro del PGOU de Tejeda”.

En cuanto a los 11 laureles de indias (Ficus microcarpa) trasplantados en los terrenos municipales de Galindo, el Cabildo de Gran Canaria indica que dicha especie tiene carácter ornamental, no formando parte de montes arbolados o explotaciones forestales, ni encontrándose incluida en los anexos de la citada Orden de 20 de febrero de 1991, u otra legislación de protección, por lo que no le son de aplicación sus previsiones.

Asimismo agrega que el casco urbano de Tejeda donde estaban estos árboles “nunca tuvo consideración de Área de Sensibilidad Ecológica”.

Para el presidente de la Asociación de Vecinos de Tejeda (Avete), Alonso Cruz Cabrera, “el Cabildo confirma la indefensión absoluta en la que están todas las estas especies arbóreas de los cascos urbanos, da igual que sean especies protegidas o foráneas u ornamentales, ya que se puede hacer con los árboles situados en suelo urbano lo que se quiera, sin ninguna limitación aunque sea un disparate. No hay ley ni normativa que hoy por hoy impida a los Ayuntamientos hacer con las especies arbóreas ubicadas en sus cascos urbanos lo que les venga en gana”, ha sentenciado.

Cristóbal Sánchez ha anunciado que “por esa razón vamos a trabajar desde la Mesa del Árbol de Tejeda para promover una iniciativa legislativa popular que permita tener en Canarias una Ley del Arbolado Urbano similar a la que tienen en Madrid, donde afortunadamente no se pueden hacer estas cosas porque la ley prohíbe talar árboles con más de 10 años. Los once laureles nuestros tenían más de 50 y no ha habido forma de salvarlos por el vacío legal que existe actualmente en Canarias sobre los árboles urbanos”.