La organización de artistas del Movimiento PiedeBase cuestiona la legalidad de los convenios de patrocinio del gobierno de Canarias

Afirman que esta forma jurídica no se somete a la ley general de Subvenciones

EDDC.NET / Santa Cruz de Tenerife

Desde la organización de artistas del Movimiento PiedeBase cuestionamos la fórmula de patrocinios utilizada por el gobierno de Canarias como única forma de apoyar al sector cultural e insistimos y reivindicamos una revisión y rectificación de la adjudicación provisional, ya que consideramos que dicha convocatoria no se somete a la Ley General de Subvenciones.

Así mismo, PiedeBase, en representación de todo el colectivo, apuesta por encontrar vías de diálogo y negociación que posibiliten atender nuestra demanda, ofreciéndose de nuevo a trabajar conjuntamente con el gobierno de Canarias, al igual que ya hace con otras administraciones, para encontrar soluciones y vías de trabajo que se ajusten a la legalidad y garanticen la viabilidad de los proyectos y del conjunto de los intereses, no solo de la danza sino de la cultura en general. No pretendemos que dichas ayudas desaparezcan, tan solo que se ajusten a la legalidad y a criterios de transparencia, así como que se contemplen nuevas vías de apoyo y fórmulas de financiación.

Los servicios jurídicos de Pie de Base están estudiando la legalidad de la fórmula de “convenios de patrocinio” utilizada por el gobierno de Canarias para apoyar al sector cultural con el que se elude la aplicación de la Ley General de Subvenciones que rige el apoyo a este sector en la legislación española.

En este sentido, señalan que el decreto 74/2014 de 26 de junio, por el que se regula la actividad convencional del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias -en base al cual el gobierno está adjudicando estos patrocinios- dispone en su Artículo 3 que “quedan excluidos del ámbito de aplicación de este decreto:” en su apartado F.- “los convenios en los que los sujetos del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias intervengan en condición de entidad colaboradora en materia de ayudas o subvenciones”.

Desde Pie de Base se entiende que los denominados “convenios de patrocinio” no son otra cosa que ayudas o subvenciones públicas con forme a la definición contenida en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones (artículo 2) y de acuerdo con lo que viene siendo la regla general en la actuación de la Administración Pública y por lo tanto fuera del ámbito de aplicación del Decreto autonómico citado.

Por lo que, entienden, que la forma correcta de vehicular el apoyo al sector cultural debería atenerse a lo dispuesto por la Ley General de Subvenciones en lugar de la actual ficción de “convenio de colaboración con entidades privadas y públicas para proyectos que generen un retorno publicitario en el proceso de creación cultural en el archipiélago canario”.